Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica

 

SE RETIRA DEL MERCADO SUPLEMENTO DIETARIO

ANMAT/ ha dispuesto el retiro del mercado del producto cuyos datos son los siguientes:

Maca Gelatinizada (lepidium Meyenii Walpers)

“Suplemento alimenticio instantáneo. Reconstituyente – Energizante”,

RNPA Nº 19-007692. Contenido: 60 cápsulas de 500 mg

Fraccionado y distribuido por Andina Real de Argentina

Juana Koslay – Ruta 20 Nº 1007, Provincia de San Luís, origen Perú.

Establecimiento elaborador: RNE legajo 0026

 

La medida fue tomada luego de que el Programa de Pesquisa de Medicamentos Ilegítimos de esta Administración Nacional detectara la comercialización del producto en cuestión. Al solicitar la información pertinente al Programa de Fiscalización e Infraestructura Hospitalaria de la provincia de San Luis, éste comunicó que el Registro Nacional de Producto Alimenticio (RNPA) número 19-007692 fue dado de baja en el año 2006. Por otra parte, al intentar realizarse una inspección en la dirección que aparece en el rótulo como sede del establecimiento Juana Koslay, se verificó que el mismo no funciona allí.

Por todo lo expuesto, se recomienda a la población que se abstenga de consumir el alimento mencionado. Asimismo, los locales de venta al público, distribuidores y/o quienes expendan al producto, deberán cesar la comercialización del mismo.

.

RETIRO DEL MERCADO DE AZÚCAR MARCA “GOTITAS DULCES”

ANMAT/ ha dispuesto el retiro del mercado del producto cuyos datos son los siguientes:

Azúcar común tipo “A” marca: “Gotitas Dulces”,

Contenido Neto: 900 g, RNPA Nº 23-02016383,

Fraccionado por Azucarera S.A., RNE Nº 23-000207, origen Tucumán.

 

La medida fue tomada luego de una verificación de registro solicitada por el Departamento de Higiene de la Alimentación de la Provincia de Mendoza a la Dirección de Bromatología de la Provincia de Tucumán. Este organismo informó que el Registro Nacional de Establecimiento (RNE) consignado corresponde a un elaborador dado de baja en el año 1973, y que el Registro Nacional de Producto Alimenticio (RNPA) posee 10 dígitos, cuando en realidad debería tener 8.

Por todo lo expuesto, se recomienda a la población que se abstenga de consumir el alimento mencionado. Asimismo, los locales de venta al público, distribuidores y/o quienes expendan al producto, deberán cesar la comercialización del mismo.

.

Enlace permanente a este artículo: http://ellibertadorenlinea.com.ar/2011/04/28/administracion-nacional-de-medicamentos-alimentos-y-tecnologia-medica-15/