Yorg aseveró que “La pandemia evidenció la necesidad de un nuevo contrato social-cooperativo”.

“La Ley 23427 y sus respectivas leyes de adhesión, constituye un verdadero programa de desarrollo que impulsaría la mejoría humana”.

El educador José Yorg, experto en socio-educación, afirmó que las cifras de la pobreza y de existencia miserable de millones de argentinos nos marcan que es la hora de superar el caduco sistema productivo actual que da muestra de una tremenda e inaceptable injusticia social”.

En tono de reproche Yorg preguntó “¿Qué más hace falta para darnos cuenta que los seres humanos, de carne y huesos, sufren hambre, falta de viviendas, de salud, educación y desempleo creciente? ¿Acaso se piensa que por arte mágico los problemas estructurales se resolverán? ¨ ¡Por supuesto que no!

“La visibilidad-dijo Yorg- de todos los desequilibrios económicos y sociales por intermedio de la pandemia ya se han hecho carne en la conciencia de los pueblos y subterráneamente se desarrolla un consenso que apunta a una necesidad de cambio del modelo productivo a partir de una deseable construcción de un nuevo contrato social-cooperativo como vía de solución”

Mejoría humana.

Fijó el educador que “sin dudas que la resolución de los calamitosos problemas están en manos de los decisores políticos, de un necesario consenso social participativo, sobre el cual, naturalmente, surgen muchas dudas y expectativas”

“Desde el movimiento cooperativo se ha insistido mucho en ofrecer su noble concepción y acción, pero también en este punto es oportuno resaltar que se cuenta con instrumentos legales como la Ley 23427 y sus respectivas leyes de adhesión, constituye un verdadero programa de desarrollo que impulsaría la mejoría humana”.

ARTICULO 1º — Créase el Fondo para Educación y Promoción Cooperativa cuyas finalidades serán las siguientes:

a) Promover mediante los programas pertinentes la educación cooperativa en todos los niveles de enseñanza, primaria, secundaria y terciaria; b) Promover la creación y desarrollo de cooperativas en todos los ciclos del quehacer económico, producción primaria y fabril, comercial, de servicios, vivienda, trabajo y consumo; c) Asesorar a las personas e instituciones sobre los beneficios que otorga la forma cooperativa de asociarse, previstas en la Ley Nº 20.337 o aquella que en el futuro la modifique o sustituya, concluyó Yorg.

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