DECLARACIÓN DE MENDOZA SOBRE USO, CONSERVACIÓN Y APROVECHAMIENTO SOBERANO Y SUSTENTABLE DE LOS RECURSOS Y RIQUEZAS NATURALES DE LOS ESTADOS PARTES DEL MERCOSUR Y ESTADOS ASOCIADOS

CONSIDERANDO que el pleno ejercicio de los derechos soberanos de los Estados sobre las respectivas riquezas y recursos naturales, de conformidad con el Derecho Internacional, los Tratados Internacionales aplicables y las legislaciones nacionales, es un principio reconocido por los Estados Parte del MERCOSUR y Estados Asociados.

TENIENDO PRESENTE los principios de protección de los recursos naturales y la responsabilidad soberana de los Estados en lo que se refiere a su aprovechamiento racional.

DECLARAN:

La importancia de la cooperación entre las Partes con el objetivo de promover la conservación y aprovechamiento soberano y sustentable de los recursos y riquezas naturales que se encuentran localizados en sus territorios nacionales, definidos de conformidad con los respectivos ordenamientos jurídicos internos.

Su intención de promover consultas y el intercambio de información con los demás Estados Partes del MERCOSUR y Estados Asociados, de conformidad con el Derecho Internacional, los Tratados Internacionales aplicables y las legislaciones nacionales, respecto a situaciones o actividades desarrolladas por terceros países o grupos de países que entienda afecten o pudiesen afectar su derecho soberano sobre los respectivos recursos y riquezas naturales dentro de su territorio, así como su conservación y aprovechamiento sustentable.

Las consultas podrán tener lugar en el Foro de Consulta y Concertación Política del MERCOSUR; órgano que podrá, cuando la naturaleza y el alcance de los temas lo sugieran, elevarlos a la consideración de los Ministros de Relaciones Exteriores en ocasión de las sesiones ampliadas del Consejo del Mercado Común, o a foros u organismos internacionales especializados siempre que ello sea posible.

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