José Yorg develó “el verdadero significado ideológico del fallo del STJ N° 11.731/19”.

“Es perfectamente entendible puesto que este STJ es heredera del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia durante la última dictadura”.

El destacado educador e investigador pedagógico José Yorg dijo que a su criterio “es hora de develar el verdadero significado ideológico del fallo del STJ N° 11.731/19, aquella sentencia aberrante que implica lisa y llanamente Negación de derechos a trabajadores esforzados de la educación”.

“Cualquier persona-alegó Yorg- puede entender nuestro caso que básicamente consistió en que administrativamente se encuadra en el artículo  N° 3°  de la Ley Nº 931 del Estatuto del Docente Provincial en su inciso b) “Del personal docente que desempeña otras funciones distintas del cargo para el que fue designado” y fuimos designados a cumplir tareas de mayor responsabilidad y jerarquía, ello implica que tenemos derechos adquiridos por tales acciones encomendadas a partir de Resoluciones emitidas desde el año de 1996 hasta la fecha”.

Señaló el educador que “La denegatoria dio por tierra con el reconocimiento del bien patrimonial del Derecho adquirido que debió precautelarse, utilizando por el contrario un artilugio  el STJ , ya que estableció  un mecanismo retorcido que enturbia la magistratura”.

 “A todas luces-agregó-nos hemos ganado sobradamente una re-categorización laboral y profesional en mérito a lo actuado y es allí donde se evidencia el daño que no es tan sólo personal sino que privativo a la comunidad formoseña de su Derecho a aprender cooperativismo, allí se asestó el golpe, allí está el odio ideológico”.

Lo ideológico.

“Búsquese-sugirió Yorg- en la base de los hechos retorcidos del dictamen del STJ la motivación ideológica discriminadora y de su proceder, en su intento de anular los Derechos adquiridos de los docentes cooperativos y de cercenar la libertad de enseñar y aprender cooperativismo, queda establecida así la vinculación y correspondencia del odio hacia la nobleza de la labor pedagógica cooperativa”.

Así, bajo la reclamación judicial y su respuesta nefasta se puede comprobar el significado real ideológico y discriminatorio del fallo judicial, y que es perfectamente entendible puesto que este STJ es heredera del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia durante la última dictadura militar , por ejemplo,
la jueza Federal de Formosa N° 2 María Belén López Macé dictó el procesamiento sin prisión preventiva a tres ex jueces que se desempeñaron como ministros”.

“Si bien es cierto que más allá de la distancia del caso, cuya circunstancias fueron bajo la horrenda dictadura cívico-militar y las nuestras en democracia, no es menos cierto que en algún punto se entrecruzan la conducta del actual STJ por negar derechos constitucionales adquiridos, prácticamente han decretado la “civiliter mortuus” de nosotros, docentes cooperativos”, concluyó el educador.

https://www.fiscales.gob.ar/lesa-humanidad/procesaron-a-tres-ex-miembros-del-superior-tribunal-de-justicia-de-formosa-por-crimenes-contra-integrantes-del-poder-judicial-provincial/#:~:text=La%20jueza%20federal%20de%20Formosa,los%20cuales%20a%C3%BAn%20permanecen%20desaparecidos

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