Destacan la importancia de la Ley 23427 y su relación con el desarrollo socio-económico.

  1. “Hablar de educación y desarrollo socio-económico es hablar de la Ley 23427 y 744”

    El especialista en programas y políticas socioeducativa José Yorg abordó una interesante temática en orden a plantear innovadoras experiencias que tengan relación y  fuerte impacto en proyectos de desarrollo socio-económico, fijó que “el instrumento más noble y útil es la Ley nacional 23427 y su correspondiente  provincial 744”.

    Yorg señala importancia de ley cooperativa

    “El texto Legal- señaló Yorg- que fuera publicado en el Boletín Oficial nacional el 03-12-86 y que luego fuera aprobada su adhesión en Formosa en el año 1988 es en realidad una Ley Fondo de educación y capacitación cooperativa  con miras al desarrollo integral e integrador”

     

    Comentó Yorg que “Harry Anthony Patrinos, gerente del sector educativo del Banco Mundial en su artículo “Por qué la educación es importante para el desarrollo económico”, consigna, entre otros conceptos que los economistas ganadores del Premio Nobel fueron los que impusieron el argumento de la educación como inversión. T. W. Schultz (i) sostuvo que la inversión en la educación explica el crecimiento y Gary Becker nos dio la teoría del capital humano”, así que sería bueno tener esa conciencia”.

     

    Educación cooperativa y desarrollo.

     

    “Basta leer-invitó Yorg- el artículo 1° de la Ley 23427 y 744 para verificar la perfecta armonía entre estos dos elementos, educación y desarrollo económico con base cooperativa en la primaria, secundaria y terciaria que cito textualmente”:

     

    Articulo 1º — Créase el Fondo para Educación y Promoción Cooperativa cuyas finalidades serán las siguientes: a) Promover mediante los programas pertinentes la educación cooperativa en todos los niveles de enseñanza, primaria, secundaria y terciaria) Promover la creación y desarrollo de cooperativas en todos los ciclos del quehacer económico, producción primaria y fabril, comercial, de servicios, vivienda, trabajo y consumo) Asesorar a las personas e instituciones sobre los beneficios que otorga la forma cooperativa de asociarse, previstas en la Ley Nº 20.337 o aquella que en el futuro la modifique o sustituya) Promover la creación y funcionamiento de cooperativas que tengan por objeto elevar el nivel de vida de las comunidades aborígenes”, cerró el educador.

     

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