EL INADI CONSIDERÓ DISCRIMINACIÓN EL ACCIONAR DE FILIPPA CONTRA UNA PERIODISTA



Por Iguazú Noticias   ***

El accionar del Intendente de Puerto Iguazú Claudio Raúl Filippa contra la periodista Norma Devechi fue considerado como «conducta discriminatoria» por el Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo (INADI).

Una investigación periodística de la denunciante hacia la gestión del Intendente en noviembre pasado, habría derivado en el accionar del mismo, quien mediante un mensaje de WhatsApp había instado en un grupo a someterla sexualmente, además de denigrarla hablando en forma de burla de su aspecto físico.

El Juez que entiende en la causa, “desestimó” la denuncia presentada por la corresponsal del diario El Territorio en Puerto Iguazú, considerando la “inexistencia de delito”, argumentando que el jefe comunal actuó “con ánimo de hacer broma” o “con intención jocosa” o como quedó escrito en el expediente con “animus jocandi”.

Devechi junto a su abogado defensor Fabián de Sá, apeló la resolución emitida por el magistrado y solicitarán al Inadi que actúe como querellante particular en la causa.

La víctima exige un resarcimiento por los daños y perjuicios ocasionados por el administrador municipal, tras la emisión del audio que tomó trascendencia nacional, por lo cual la demandante manifestó que sintió verguenza.

Violencia de género

El INADI, al expedirse, remarcó que “la cantidad de información y la evolución jurídico-intelectual que se ha dado en torno a la violencia de género y a las conductas discriminatorias en general tornan inadmisible la ignorancia o el descuido al respecto, principalmente cuando se trata de un funcionario público con un cargo tan importante como el de intendente”.

Cabe aclarar que esto se da en un marco particular: la investigación periodística de la denunciante respecto de presuntos actos de corrupción del denunciado.

“Es obvio que el denunciado, para saldar una disputa periodística, ideológica o incluso política, elige el insulto, la descalificación, la deshumanización y la violencia de género. En este sentido, nadie podría prohibir al denunciado que responda a conductas o actitudes por las que pudiera sentirse agraviado, pero el nivel de violencia con que intervino no sólo no es proporcional a lo hecho por la denunciante sino que resulta injustificable desde cualquier óptica”, agrega la resolución firmada por Paula Spaccarotella, asesora legal del organismo nacional.

En ese sentido, argumenta que el mensaje “invita nada menos que a una violación de la denunciante o, en el más leve de los casos, menoscaba el derecho de toda mujer a vivir libre de cualquier forma de violencia machista”.

Por ello, afirman que lo planteado se enmarca en los términos de la Ley Nº 23.592 de Penalización de actos discriminatorios, y otras normativas concordantes al respecto.

Descargo

En la resolución figura además el escrito que presentó Filippa a modo de descargo, en el cual justifica los dichos enunciados hacia Devechi.

«Aún negando los hechos denunciados, se realiza una insólita argumentación para justificar que lo denunciado no caería en la órbita de este organismo. Además, se analiza el término misoginia para explicar que el denunciado de ningún modo lo es», determina el documento oficial del Instituto.

Asimismo, a modo de sugerencia, el Instituto contra la Discriminación recomendó al denunciado “una exhaustiva revisión de los principios con los cuales cree legítimo desempeñar un puesto como el que ostenta ya que, aunque su mensaje en principio tenía un carácter privado, evidenció una penosa carga discriminatoria ocasionada, vale aclararlo, en el recelo a una investigación periodística”.

Fuente: El Territorio

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