Mientras las estadísticas alarmantes de este año que recién transcurre, indican que cada 28 horas muere una mujer por causa de la violencia machista, en Misiones desde el 2016 duerme en la Cámara de Representantes, el Proyecto de Ley para Declarar la Emergencia Pública en Materia Social por Violencia de Género, en el ámbito de la Provincia, por el término de dos años, a partir de la sanción de la norma.
«Desde el Bloque Parlamentario del Partido Agrario y Social
venimos instando, desde hace más de dos años, a que el resto de los
bloques legislativos traten el proyecto que presentamos en el 2016, y
que ponemos a disposición de los diferentes colectivos y organizaciones
que luchan contra la violencia de género, y su cara más cruel que
constituye el femicidio, para la optimización de la norma que consideren
necesaria; con el objetivo de que se sancione y se ponga en práctica
cuanto antes», señaló el diputado Martín Sereno, autor de la iniciativa.
El Instituto Provincial de Estadísticas y Censos de Misiones (IPEC) presentó el Registro Provincial de Violencia Doméstica, que da cuenta de que en la provincia se consignaron 3876 denuncias durante el año 2017.
El promedio mensual es de 323. El mes que concentra mayor cantidad de denuncias fue en diciembre, con 489, representando el 12,6% respecto al total. Y el mes en que baja el número de denuncias es mayo, con 147, representando el 3,8% respecto al total.
Optimizar los recursos necesarios para su puesta en marcha
El
Proyecto de Ley del PAyS, solicita que se declare la Emergencia Pública
y Social por Violencia de Género,y se implemente el efectivo
cumplimiento de la Ley Nacional 26.485 de «Protección Integral para
Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres en los
Ámbitos en que Desarrollen sus Relaciones Interpersonales», a la que
adhirió la provincia.
Que se optimicen todos los recursos provinciales necesarios para la puesta en funcionamiento de un Programa Provincial de Atención a Mujeres Víctimas de Violencia, que será diseñado y ejecutado desde las políticas y acciones, tendientes a garantizar la Prevención, Asistencia y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres.
Que se preserve y resguarde la identidad de la víctima, en todos los casos y aún en los registros que las autoridades públicas provinciales y municipales puedan implementar, a fin de evitar con esta exposición la reproducción de la problemática social.
Que se articulen los recursos y programas necesarios para la concreción de los objetivos propuestos por las Ley XVI Nº 64405 (Antes Ley 3325).
Mesa Institucional por Emergencia en Violencia de Género
Además,
la Ley señala la necesidad de crear una Mesa Institucional por la
Emergencia Social en Violencia de Género, en el ámbito de Misiones, y
que se convoque a un representante del Poder Ejecutivo Provincial, uno
del Poder Judicial; una del Consejo Provincial de la Mujer y
representantes de las organizaciones sociales y barriales comprometidas
con la temática, quienes previamente se inscribirán en el ámbito de la
Cámara de Diputados, con el fin de conformar la Mesa Institucional por
la Emergencia social en Violencia de Género.
La Mesa dictará su
propio reglamento interno, y decidirá la forma en que serán incorporadas
las propuestas y su planificación para la ejecución con los organismos
pertinentes, y tendrá como misión estudiar y proponer las políticas
tendientes a cubrir las necesidades de gestión de las soluciones. Su función se realizará Ad Honorem.
Se
facultará al Poder Ejecutivo Provincial a disponer y reasignar las
partidas presupuestarias necesarias para afrontar la Emergencia que se
declara por la presente, la que tendrán como finalidad la prevención y tratamiento de la violencia de género.
Creación de un Observatorio de Género
La
norma contempla la creación de un Observatorio de Género que tendrá la
misión de abordar de manera integral las problemáticas de género, para
ello se contrataran consultores técnicos y realizaran estadísticas y
mapas de situación.
Además, a los fines de contener a la
población víctima de violencia de género, se crearán refugios o
albergues temporales para la mujer y en el caso que fuera necesario para
sus hijos.
Cupo de viviendas
Se tendrá en cuenta un
cupo especial de viviendas dentro del Instituto Provincial de Desarrollo
Habitacional (Iprodha), para mujeres víctimas de violencia de género y
madres solteras. Así como un subsidio especial y temporal a los fines
del sostén de la familia y de la mujer víctima de violencia, durante su
inclusión dentro del mercado laboral.
También está previsto en la Ley, la capacitación de manera integral y progresiva a todo el personal administrativo, de seguridad, judicial u otro que se considere pertinente.
Se invita a los Municipios de toda la provincia, a adherir a la Ley de Emergencia Pública y Social por Violencia de Género.