La Justicia falló a favor de la Defensoría del Pueblo y en Resistencia se podrá renovar el carnet de conducir sin “libre de deuda”

El Juzgado Civil y Comercial Nº 1 hizo lugar a una acción de amparo presentada por la Defensoría del Pueblo declarando la inconstitucionalidad del requisito “libre de deuda” para renovar los carnet de conducir.
El defensor del Pueblo, Gustavo Corregido, realizó la presentación judicial contra la Municipalidad de Resistencia para que se declare la inconstitucionalidad e inaplicabilidad de la Ordenanza Nº 11.117, la cual solicita obligatoriamente un Certificado de Antecedentes para el otorgamiento de la licencia de conducir.
La Defensoría remarcó que“el Municipio de Resistencia, con anterioridad a la renovación, no procede a citar a los ciudadanos para que ejerzan el derecho de defensa, ni utiliza la vía legal para cobrar las multas que es la acción de apremio”.
Ante ello, la Justicia falló: “Hacer lugar a la Acción de Amparo promovida por el defensor del Pueblo de la Provincia del Chaco contra la Municipalidad de Resistencia; y en consecuencia declarando la inconstitucionalidad e inaplicabilidad de toda norma obrante en Ordenanzas de la Municipalidad de Resistencia, que contenga y exija como requisito para renovar la licencia de conducir ‘Certificado de libre deuda o de deuda regularizada con plan de facilidades de pago vigentes por multas de tránsito’».
Tras la resolución favorable de la Justicia, Corregido explicó que “ya existían fallos judiciales a favor de amparos individuales, por lo que desde la Defensoría del Pueblo realizamos un amparo colectivo que favorece a toda la ciudadanía del Municipio de Resistencia”.
El Ombudsman señaló que “los ciudadanos tienen el derecho a obtener su registro de conducir para transitar libremente, tal como lo expresa la Constitución Nacional, la ordenanza atacada afectaba directamente ese derecho”.
Para finalizar, expresó: “Con el amparo favorable todos los conductores podrán contar con registro renovado y movilizarse con esa documentación indispensable, independientemente de las deudas que tengan con la Municipalidad”.

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