LAS DENUNCIAS DE ABORTOS CRIMINALIZAN LA POBREZA

Por Soledad Deza

A partir de la denuncia realizada por médicas del Hospital Fernández, de la Ciudad de Buenos Aires, contra una chica que acudió a la institución para que se le completara un aborto en curso –y que fue difundida esta semana por el diario Página 12-, la abogada tucumana Soledad Deza reflexiona sobre el delito que en verdad cometen los equipos médicos cuando denuncian a un/a paciente (violan el juramento Hipocrático, la Ley de Derechos del/la Paciente y el Código Penal) y sobre la criminalización de la pobreza que significan este tipo de denuncias, ya que las mujeres que acuden a un hospital por un aborto mal realizado es porque no pueden pagar otro tipo de aborto, también clandestino, pero en mayores condiciones de seguridad.
LAS DENUNCIAS DE ABORTOS CRIMINALIZAN LA POBREZA
En la denuncia de aborto formulada por médicos y médicas subyace un reproche moral hacia la mujer que aborta, que no es capaz de ser relegado a la conciencia propia que es donde es preciso permanezcan este tipo de convicciones personales.

Y cuando la propia conciencia de el/la profesional de la salud se expande más allá de su propia esfera íntima de competencias proyectándose hacia la vida privada de las usuarias, se vulneran derechos fundamentales como lo son el derecho a la intimidad, a la privacidad, a la libertad, a la dignidad y a no auto-incriminarse.

El  deber de guardar el secreto profesional que rige para el equipo de salud (para todos sus miembros), se apoya en normas éticas y jurídicas. Las primeras tienen su base, entre varios instrumentos, en una de las frases del Juramento Hipocrático en el cual el profesional de la salud jura “guardar silencio sobre lo que, en mi consulta o fuera de ella, vea u oiga, que se refiera a la vida de los hombres y que no deba ser divulgado. Mantendré en secreto todo lo que pudiera ser vergonzoso si lo supiera la gente”.

El resto de normas que hablan de confidencialidad y secreto son variadas y van desde la Ley 26.529 de Derechos de los/as pacientes, hasta el Código Penal.

Para nuestra legislación es importante que quien busca asistencia médica no se vea disuadido/a acceder a la salud por miedo a ser denunciado/a, la ley penal ha tipificado esto como el delito a la divulgación del secreto profesional (art. 156 Código Penal).

La confidencialidad y la obligación de guardar secreto conforman un andamiaje que ha sido diseñado para tranquilizar a quien, como consecuencia de una problemática de salud puntual, puede verse obligado a revelar datos de su esfera más intima.

En situaciones post-aborto, las mujeres no sólo se ven atravesadas por la angustia propia de una afección a su salud, sino también ante el temor fundado de ser acusadas, con lo cual terminan ante disyuntivas tan dramáticas como: vida-muerte, derecho a la salud-clandestinidad sanitaria y cárcel-vida.

El delito de aborto ocurre en el cuerpo de la mujer y el/la profesional de la salud no puede aprovecharse de esta situación extrema (tampoco podría hacerlo el Estado) para colaborar con una función de persecución punitiva.

En el caso de mujeres que concurren en situación post-aborto o con un aborto en curso, la superioridad de la obligación de guardar secreto ha sido ya valorada especialmente en los fallos “Natividad Frías” y “Baldivieso”. Sin embargo, existen resistencias del sector de la salud al día de hoy para preservar la intimidad de las mujeres abortantes y esto se debe, a mi entender, a que el imaginario social quiere “madres” a las mujeres a cualquier precio y más allá de que la gestación sea forzada, riesgosa o simplemente, no deseada.

La relación  médico-paciente es asimétrica por naturaleza ya que quien tiene el arte de curar está en un peldaño superior, el de sujeto supuesto de saber. Pero si analizamos puntualmente la relación que se establece entre equipo de salud y mujer abortante es fácil comprobar que la asimetría cobra dimensiones desproporcionadas ya que se agregan las variables de género y de crimen.

No sólo es mujer y delincuente quien aborta en nuestro país, sino que además es pobre. Si bien ninguna legislación así lo dispone, pocos/as se atreverían a negar que el Hospital es patrimonio de una franja desaventajada no sólo en términos de recursos materiales, sino también simbólicos.

Si, la denuncia de aborto criminaliza la pobreza. Las mujeres con recursos abortan en paz y gozan de una intimidad robustecida por su posición social y económica que puede pagar comodidad, silencios y buen trato.

Esta realidad cruda por donde se la mire, es la que alarma.

El abuso de la posición dominante que entraña el maltrato dispensado por quienes tienen que “tratar” (equipo de salud),  vuelve evidente que las violencias contra mujeres que interrumpen un embarazo de forma sospechadamente “voluntaria” encubren la intención de castigar aquellas elecciones no compartidas que descartan la maternidad.

Legrados sin anestesia, interrogatorios agresivos, juicios de valor dichos como al pasar, largas esperas injustificadas, amenazas de denuncia y finalmente, la criminalización, son muestras de ese abuso de poder. Son evidencias de que la medicina no siempre cura, también disciplina.

La prevalencia del secreto es indudable para la ley y para los Tribunales. La Corte así lo ha decidido: es ficticia la tensión entre obligación de denunciar vs.  obligación de guardar secreto. La confidencialidad debe siempre primar por sobre las ganas de colaborar con el poder punitivo del Estado en estos casos.

Es hora de que quienes vociferan que han estudiado para curar y traer vida, se ocupen como la ley les manda de la vida que tienen en su camilla: la de la mujer que busca su asistencia. Y que si no lo hacen: afronten las consecuencias de estar al margen de la ley.

La condena normativa al aborto convive, en los hechos, con una práctica tolerante hacia el aborto clandestino por parte del mismo Estado. Cierto es que son casi nulas las condenas efectivas por aborto, pero la criminalización de las mujeres existe más allá de los finales procesales que se ideen en los Tribunales para cada caso.

Pero estas cuestiones que matizan creencias propias (de los/as médicos/as) y violencias ajenas (de las mujeres) en el marco de la denuncia post-aborto, deben ser enfrentadas por los carriles democráticos correctos, generando el poder político un espacio propicio para una discusión franca en la que participen todos los actores estratégicos que entretejen el discurso reproductivo y no-reproductivo de niñas, adolescentes y mujeres en nuestro país.

No parece justo que para resolver un problema político como es la moralidad del aborto, el Estado legitime o ampare el accionar de inescrupulosos efectores de la salud pública que convierten a sus pacientes, en PADECIENTES.

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Soledad Deza – Abogada feminista, egresada de la U.N.T (Universidad Nacional de Tucumán). Directora del Centro de Estudios de Género de la Universidad San Pablo T. de Tucumán.

http://www.comunicarigualdad.com.ar

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