La Legislatura dispuso la regularización de tierras en Gobernador Roca

Se trata del predio conocido como Villa Fiscal, o Villa Monte, que está poblado por 460 personas que conforman 127 familias. En algunos casos, habitan el lugar desde hace 17 años. La iniciativa fue impulsada por los diputados Raúl Revinski y Carlos Rovira

El inmueble se encuentra a dos cuadras de la Ruta 12 y posee una superficie de 156.400 metros cuadrados. Fue declarado de utilidad pública y sujeto a compraventa o expropiación. Será mensurado y destinado a las familias que acrediten una ocupación efectiva de la tierra como mínimo de ocho años anteriores la publicación de la ley.

En los fundamentos, los autores consideran que, “de llevarse a cabo la concreción de la presente ley, estaríamos contando con una herramienta idónea y eficaz para solucionar de fondo el problema habitacional de estas familias misioneras, atentos a las sobradas razones sociales que involucran la problemática de estas familias de comprovincianos; así se otorgaría justicia social a uno de los sectores más desprotegidos de la Municipalidad de Gobernador Roca”.

“Dada su trascendente problemática, es eminente, y a su vez posible, la solución; significaría ello dejar de considerar a este grupo de misioneros como un asentamiento transitorio, reconocerlos como una población estable y, en consecuencia, se le facilitarían servicios que dignamente se merecen, además de regularizar la situación jurídica – dominial en la que se hallan condicionados”, argumentan.

 

Suspenden desalojos hasta el 31 de mayo del 2014

La medida, propuesta por el legislador Alberto Álvarez, se refiere a las ejecuciones de sentencia que ordenen desalojo y remate de inmuebles destinados a vivienda única y familiar, en predios urbanos, y a vivienda y producción agropecuaria única y familiar, en predios rurales; sean fiscales o privados. Se aplicará en los casos en que los demandados tengan una antigüedad de ocupación mayor a ocho años.

Se define como inmueble destinado a vivienda única y familiar, al inmueble  urbano de uso permanente que constituya el domicilio real del grupo familiar. Mientras que el inmueble destinado a vivienda y producción agropecuaria única y familiar es el de tipo rural de uso permanente que constituya el domicilio real del grupo familiar.

 

También se declaran inembargables e inejecutables, por deudas anteriores al 1° de julio de 2012, los bienes muebles e inmuebles propiedad de asociaciones civiles sin fines de lucro, afectados a fines deportivos y recreativos. La medida también tendrá vigencia hasta el 31 de mayo de 2014.

 

En los fundamentos del proyecto Alvarez reseña la legislación vigente sobre el tema y explica que “toda esta normativa no pasaría de ser una expresión de deseos si los representantes del pueblo de la Provincia, no encaran una firme posición junto al Gobierno de la Provincia y se ocupan de los casos en que la desigualdad de condiciones económicas y de oportunidades conforman situaciones de manifiesta injusticia y ponen en serio riesgo la vigencia de este derecho tan declamado”.

 

“Por ello atendiendo la circunstancia especial de los deudores afectados a ejecuciones de sentencias que conllevan la posibilidad cierta de desalojo y buscando la concreción de respuestas definitivas que atiendan los intereses de deudores como acreedores, estimamos necesaria la presente respuesta a estos casos, para no llevar los mismos al incremento del déficit habitacional sumiendo a los afectados en un drama familiar”, agrega.

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