SANCIONARON LEY QUE DECLARA INEMBARGABLES LOS BIENES DE LAS ORGANIZACIONES RELIGIOSAS

En la sesión legislativa del jueves 22 se aprobó el proyecto de ley presentado por el diputado Carlos Rovira, mediante el cual se declaran inembargables e inejecutables los bienes inmuebles donde funcionen templos o filiales de cultos destinados a la celebración religiosa que estén debidamente reconocidos por la Dirección General del Registro Nacional de Cultos. Para acceder al beneficio se exige que la titularidad del dominio recaiga en una asociación sin fines de lucro con actividad religiosa como principal, inscripta en la Dirección de Personas Jurídicas.

En la norma se establece además que la parte interesada, para acceder al beneficio de inembargabilidad, deberá requerir la inscripción de la cláusula correspondiente ante la Dirección General del Registro de la Propiedad Inmueble. También se prevé que la inembargabilidad de los bienes sólo podrá hacerse valer por deudas posteriores a la fecha de la sanción de la ley.

En los fundamentos, el presidente de la Legislatura explicó que su iniciativa busca garantizar el libre ejercicio de culto a toda la feligresía de determinada comunidad o iglesia, «considerando fundamentalmente la protección al principio constitucional de libertad de culto y pluralismo religioso como sustento de una sociedad democrática».

Prensa Legislativa

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